Tribunal considera infundada sentencia por pederastia contra el del empresario acusado de pederastia, Jean Succar Kuri, fue el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito con sede en Cancún, el que declaró infundada la sentencia de 93 años, que el Primer Tribunal Unitario impuso el pasado 15 de octubre de 2021, por los delitos de pornografía infantil y corrupción de menores.
El equipo legal de los afectados, indica que para el Tribunal Colegiado, la sentencia del Tribunal Unitario no aporta elementos que precisen las circunstancias de “tiempo, lugar y ejecución” de la agresión contra los agraviados de enero del 2000 a noviembre del 2003, por lo que el Tribunal Unitario tiene 30 días hábiles para emitir de una “nueva sentencia”.
El equipo litigante de los agraviados que forman parte de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Gobierno Federal, informa que el Tribunal Colegiado “requiere que dentro del término de 30 días, el Tribunal Unitario acredite haber dejado insubsistente la resolución de 15 de octubre del 2021 y en su lugar, emita una nueva en la que purgue los vicios advertidos”.
A 18 años del caso, el dilema del equipo jurídico defensor de Succar Kuri, radica en que fue planteado como una “pluralidad de delitos” y buscan que sea resuelto legalmente como una “unidad delictiva”.
Sin embargo, de esto dependerá la determinación penal contra Succar para la nueva sentencia.
Jean Succar Kuri salió de prisión para ser ingresado en un hospital de Cancún por complicaciones de su salud, informaron sus familiares.
Indicaron que tiene una deficiencia renal crónica agudizada que requirió intervención quirúrgica. Explicaron que por lo pronto, permanece en recuperación y que no se ha definido cuánto tiempo permanecerá hospitalizado.
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