El Tribunal Electoral del Estado dejó sin efecto la disposición del Instituto Estatal Electoral que establecía la postulación exclusiva de mujeres en seis alcaldías para el proceso electoral 2026-2027.
La resolución fue aprobada por unanimidad al analizar diversos recursos promovidos por partidos políticos, autoridades municipales y ciudadanía, en los que se cuestionaba la legalidad de la medida.
El órgano jurisdiccional concluyó que la autoridad electoral administrativa rebasó sus atribuciones al imponer dicha reserva, al considerar que afectaba principios como la autodeterminación de los partidos, la posibilidad de reelección consecutiva y el derecho a contender por la vía independiente.
Durante la sesión, se precisó que la determinación no implica un retroceso en materia de paridad de género ni en la protección de los derechos político-electorales de las mujeres, sino que busca que las acciones afirmativas se sustenten en criterios objetivos, como idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
Asimismo, se argumentó que la aplicación uniforme de la medida en los seis municipios no garantizaba condiciones reales de competitividad, debido a que no se tomó en cuenta la fuerza electoral de cada partido en las distintas demarcaciones.
Por ello, se ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral realizar un nuevo análisis y emitir una medida ajustada al marco legal vigente, que permita asegurar la participación de las mujeres sin afectar otros principios democráticos.





